Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la presentación ante la División de Sustancias Controladas del Ministerio de Salud Pública de la planilla de Estupefacientes y Metilfenidato.
La presentación de la planilla de Estupefacientes y metilfenidato, será iniciada por las farmacias quienes, luego de autenticarse, ingresarán los datos de la empresa junto con los responsables y los datos de contacto para las comunicaciones.
A partir del 03/11/2025 se recibirán las recetas en un buzonera destinada para tal fin, que estará ubicada en la oficina 08 del Ministerio de Salud Pública.
La entrega de las recetas se debe realizar dentro de un sobre junto al formulario de entrega de recetas. El sobre deberá estar identificado con el nombre de la farmacia, el trimestre de entrega y el año.
Registro División Sustancias Controladas - MSP
Planilla de estupefacientes
Importante: El presente trámite es mixto, consta de una parte que se realiza en línea descrita anteriormente y luego de una parte presencial en la que el usuario debe entregar las recetas de estupefacientes en formato físico en la División Sustancias Controladas.
A partir del 03/11/2025 se recibirán las recetas en un buzonera destinada para tal fin, que estará ubicada en la oficina 08 del Ministerio de Salud Pública.
La entrega de las recetas se debe realizar dentro de un sobre junto al formulario de entrega de recetas. El sobre deberá estar identificado con el nombre de la farmacia, el trimestre de entrega y el año.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
Aportar datos.
En Montevideo:
Ministerio Salud Pública, División Sustancias Controladas.
En el Interior: