Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Solicitud de beneficios a proyectos de inversión en el marco del Régimen General de Promoción de Inversiones reglamentado por el Capítulo III de la Ley de Inversiones N° 16.906, de 7 de enero de 1998.
Se requiere el pago de un timbre profesional que formaliza la Declaración Jurada del trámite.