Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la presentación de Estados Financieros para su publicación, por parte de los organismos públicos y personas jurídicas de derecho privado cuyo capital social esté constituido en su totalidad o parcialmente por participaciones, cuotas sociales o acciones nominativas propiedad del Estado o de personas públicas no estatales, obligadas a publicar los estados que reflejen su actividad financiera.
Presentación de Resolución.
Estados Financieros.
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.
Firma electrónica avanzada.