Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23De acuerdo a lo establecido a los artículos 1 y 2 del Decreto 405/2021 las plantaciones forestales entre 40 y 100 ha afectadas deberán solicitar el registro del proyecto para poder iniciar la ejecución de la plantación.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
o Si la empresa cuenta con trámites realizados ante la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (DINACEA), solo adjuntar los documentos en el formulario digitalmente.
o En caso de no contar con trámites ante DINACEA presentar presencialmente la documentación notarial solicitada.
Contar con los archivos de la documentación solicitada en los formatos permitidos: jpg, png, pdf, doc, docx, odt, zip, rar, kmz, kml (máx. 10 MB).
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