Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Se trata de un registro en el que deben inscribirse todos los acopiadores de granos que cuentan con más de 1000 (mil) toneladas de capacidad de acopio.
El usuario debe registrarse y declarar mensualmente las existencias y movimientos de granos.
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