Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la denuncia de quien constata un evento de mortandad de peces en cualquier parte del territorio nacional.
Quien constata un evento de mortandad de peces en el territorio nacional realiza la comunicación del mismo a la DINARA a la brevedad posible. Si fuera posible, es de suma importancia que la persona o institución que realiza la denuncia envíe a DINARA una muestra de agua del sitio y muestras de algunas piezas de peces muertos con el fin de analizarlos. En ese sentido, es necesario que se efectúe contacto telefónico con la/las persona/s que realizaron la comunicación a DINARA para coordinar el envío de la muestras de agua y peces y hablar para conocer más detalles sobre el evento de mortandad y saber sobre las características de los alrededores cercanos a donde ocurrió el evento.
El trámite también se puede iniciar por correo electrónico.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Anónima:
Nominada:
Anónima:
Puede enviarlo por correo electrónico a mortandadpeces@mgap.gub.uy (se sugiere que en el nombre se identifique lugar y fecha, por ejemplo: mortandad en Soriano, diciembre 2013).
Por correo electrónico:
Presencial y consultas: