Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la vigilancia de la aparición de casos de rabia en los casos de personas mordidas o expuestas al virus rábico. Luego de recibida la notificación se procederá según sean mordidos por perro o gato, murciélago u otros animales. La rabia determina un cuadro de extrema gravedad en humanos, la letalidad reportada es cercana al 100 %. La evaluación del animal mordedor implica determinar el riesgo de que esté enfermo por rabia. Se realiza de acuerdo a la especie a través de la búsqueda observación o estudio de laboratorio del animal mordedor.
La notificación o consultas se reciben todos los días las 24 horas en el Departamento de Vigilancia en Salud al 1934 interno 4010 o mediante el mail vigilanciaepi@msp.gub.uy. Vía web a través de la Guía Nacional de Vigilancia y Control de Enfermedades y Eventos Sanitarios de Notificación Obligatoria.
Los interesados en vacunación antirrábica preexposición (cuando NO ha habido mordedura), preventiva en personas que tienen riesgo de exponerse al virus por su trabajo o por viaje, comunicarse con el Departamento de Vigilancia en Salud del MSP o consultar en su prestador el cual realizará el análisis según el territorio a viajar o las actividades que se realizarán si conlleva riesgo para indicación de la vacunación. Este tratamiento SÍ tiene costo.
Se recomienda mantener actualizado el esquema vacunal en gatos y perros el cual debe incluir la vacuna antirrábica.
No tiene costo
En Montevideo:
En el interior: