Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Esta gestión es para arrendadores particulares. (Las Inmobiliarias deberán remitirse a la página web del SGA)
Esta gestión se realiza cuando se constata la falta de pago de los servicios por parte de sus inquilinos.
Son Servicios Accesorios a la vivienda:
Tenga presente que el SGA reintegrará hasta un año para atrás (a partir de que la documentación sea presentada y aprobada), para los contratos firmados a partir del 1 de enero del 2001.
Los firmados con anterioridad a esa fecha admiten reclamo de hasta 4 años para atrás (a partir de que la documentación sea presentada y aprobada).
Los Servicios Accesorios solo se podrán presentar a mes vencido, por ejemplo: un reclamo correspondiente al período mayo-junio, se presentará a partir del 1° de julio.
En el caso de los Servicios Accesorios Bimestrales, debe presentar el reclamo por el total de la factura que corresponde al total del período (no realice prorrateos); luego el sistema le calculará los días que le corresponde.
En el caso de una Rescisión de Contrato, el sistema le prorrateará los días que corresponden, el reclamo debe ser presentado por el total de la factura abonada.
SANEAMIENTO: Cuando dicho concepto no esté incluido en los Gastos Comunes, deberá presentar la fotocopia de la factura reclamada junto a la Declaración Jurada, tanto al Inicio como al Final del Contrato.
GASTOS COMUNES: Cuando una finca está destinada al arrendamiento, es deber del arrendador solicitar la división de los conceptos que abarcan los gastos comunes a la administración del mismo, ya que, pueden existir conceptos que son atribuibles al arrendador de forma exclusiva, no correspondiéndole su cobro, a la parte arrendataria (inquilino).
Procedimiento:
El reclamo de Servicios Accesorios (SSAA) se deberá iniciar en la oficina del Servicio de Garantía de Alquileres (SGA) mediante la presentación del formulario de SSAA en sobre cerrado.
Deberá ser presentado mediante declaración jurada vía original acompañada de un timbre profesional correspondiente y la constancia de pago del telegrama de notificación al inquilino hecha por un medio fehaciente (telegrama o mail).
A tener en cuenta:
Los reclamos de convenios de pago deberán ser gestionados con fotocopia del convenio o desglose que permita identificar el período por el cual se realizó dicho convenio.
Documentación a presentar en sobre tamaño A4:
De no dar cumplimiento a estos 4 requisitos generales (con excepción del punto 3, si el contrato está rescindido no corresponde) no se le dará ingreso a dicha documentación.
RECLAMOS RECHAZADOS: Para la nueva gestión de reclamos rechazados, deberá identificarse el número de rechazo en la Declaración en el campo destinado para ello.
GASTOS COMUNES: Cuando una finca está destinada al arrendamiento, es deber del arrendador solicitar la división de los conceptos que abarcan los gastos comunes a la administración del mismo, ya que, pueden existir conceptos que son atribuibles al arrendador de forma exclusiva, no correspondiéndole su cobro, a la parte arrendataria (inquilino).
A modo de ejemplo, se detallan algunos conceptos que son de cargo de la parte arrendadora (propietario) y no del arrendatario (inquilino): Fondo de Reserva, Sustitución de Bombas de Agua, Desobstrucción de cañerías, Cambios de Tanque de Agua, Cambios de Calderas, Alquiler de Volquetas, Seguro de Incendio, Seguros de Cristales, Seguros Cauciones, Pintura de Bienes en Común, Cambios o Reinstalación de Servicios en General y otros que pudieran corresponder.
En Montevideo: