Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Consiste en promover la transparencia de la función administrativa de todo organismo público, sea o no estatal y garantizar el derecho fundamental de las personas al acceso a la información pública. A través de este trámite es posible solicitar información y datos de la Dirección Nacional de Catastro.
Una nota de solicitud donde conste:
A partir del dos de Agosto de 2021 por resolución de la DNC, para ser atendido en modo presencial el usuario previamente deberá agendarse .
Su acceso será a través de la sede.catastro.gub.uy/Sede/, dentro del espacio titulado "Ayuda".
Se dispuso un anuncio en el cual se establece que la atención presencial se realizará únicamente por ese medio, derivando a un acceso rápido a la Agenda.
Ante plan de contingencia por coronavirus se establecen horarios especiales, podrá ver el Comunicado Oficial de Catastro
Presencial: (Ley 19355, art. 74)