Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la solicitud de creación y suscripción de un Domicilio Digital para Personas Físicas ante los organismos que utilizan el sistema de Notificaciones y Comunicaciones Digitales.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
La primera vez que se realiza el trámite, se puede iniciar solo con usuario Gub.uy
Formulario de Constitución de Domicilio Digital para Personas Físicas
Firma electrónica avanzada.
Las Personas Físicas que no cuenten con firma electrónica, deberán concurrir, luego de realizar las etapas "en línea" una única vez al organismo al cual deseen suscribirse, con la documentación requerida.