Solicitud de convenio para sanciones impuestas por Ursea
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Es el trámite que permite solicitar un convenio de pago ante una sanción impuesta por la Ursea, en el marco de sus competencias (art. 112 de la Ley 18.719).
Completar la solicitud de convenio que se encuentra en el siguiente punto, según corresponda a:
Persona Jurídica: deberá de ser solicitada por el Representante Legal o Apoderado de la empresa inscripta en el Registro de Regulados y deberá de contar con firma hológrafa, aclaración y copia de la cédula de identidad Excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente (en revisión por AGESIC) o firma digital.
Persona Física: deberá de ser solicitada por el interesado al cual se le sancionó y deberá de contar con firma hológrafa, aclaración y copia de la cédula de identidad Excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente (en revisión por AGESIC) o firma digital.
La presentación de solicitud de convenio no implica la aceptación inmediata del mismo, sino que será evaluado por el área correspondiente.
Se realiza el cálculo del convenio, se elabora el mismo y se remite copias para recabar la firma del solicitante.
Recepcionado el convenio firmado se devuelve una de las copias por notificaciones electrónicas (en caso de requerir el original retirarlo en las Oficinas de Ursea) de no contar con domicilio electrónico se remite por correo postal.
Documento del Convenio:
Las Personas Físicas o Jurídicas:
Que cuenten con domicilio electrónico recibirán el documento de convenio, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas el cuál deberán de devolver en un plazo de 5 días hábiles, a través del mismo medio, la copia con firma digital o de lo contrario deberá entregar dos copias con firma hológrafa en las Oficinas de Ursea o por correo postal – sita en la calle Liniers 1324 Piso 2- Torre Ejecutiva.
Que no cuenten con domicilio electrónico se le devolverá por el sistema que hizo la solicitud, el cuál deberán de devolver en un plazo de 5 días hábiles, a través del mismo medio, la copia con firma digital o de lo contrario deberá entregar dos copias con firma hológrafa en las Oficinas de Ursea o por correo postal – sita en la calle Liniers 1324 Piso 2- Torre Ejecutiva.
Importante:
El monto máximo a solicitar en cuotas no puede exceder las 12 (doce) cuotas, siempre y cuando el monto total de la sanción sea inferior a 10.000 Unidades Indexadas (diez mil).
Presentarse en oficinas de URSEC persona autorizada en el Registro de Personas y empresas de URSEC, previa agenda, para realizar el trámite en línea asistido por un funcionario.