Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Según el Artículo 109 de la Ley 19.355, la Secretaría Nacional del Deporte podrá declarar de interés deportivo o institucional las propuestas que se le presenten y estén en el ámbito de su competencia.
Nota: La SND se reserva el derecho de solicitar información complementaria luego del estudio de la documentación presentada antes de extender la declaración.
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