Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es un proceso administrativo mediante el cual la Dirección Nacional de Agua (DINAGUA) del Ministerio de Ambiente, encargada de administrar los recursos hídricos (superficiales y subterráneos), otorga el derecho de uso de agua.
En este caso particular con fines de riego, la Dirección General de Recursos Naturales (DGRN) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) evalúa el proyecto de riego y aprueba el Plan de Uso de Suelos y Aguas.
Cuando el proyecto de riego tiene ciertas características, también se requiere realizar la Solicitud de Autorización Ambiental Previa ante la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA).
El trámite de solicitud de derecho de uso de agua se origina con una obra nueva, una modificación o renovación de un derecho existente, o una cesión del derecho del uso del agua.
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Montevideo
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