Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23La compraventa de productos fitosanitarios comprendidos en las Categorías 1a y 1b según clasificación toxicológica de la O.M.S. y de aquellos que el MGAP disponga por resolución fundada, sólo podrá efectuarse con receta profesional otorgada por un profesional Ingeniero Agrónomo que autorice su uso. Al respecto de Compraventa de Productos Fitosanitarios Categorías 1a, 1b, y Receta Profesional, las 24 horas.
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