Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Informe técnico agronómico - forestal y notarial.La aprobación del Plan es imprescindible para la Declaración de Plantación.
Los informes deberán ser presentados en papel membretado, siguiendo el orden correlativo el cuál se detalla en el instructivo, numerando todos los puntos en la forma que se expresa. De no encontrarse en estas condiciones, no serán recibidos por esta oficina.
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