Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23A través de este servicio Ud. podrá solicitar un nuevo servicio de agua provisorio, es decir, con duración determinada, sea o no posible estimar el tiempo de duración al momento de la solicitud (ejemplo: obras en construcción).
Este servicio será concedido por un plazo de hasta 6 (seis) meses. Vencido este plazo, el contrato se rescindirá salvo que solicite la prórroga.
Al solicitar la prórroga Ud. no podrá mantener deuda vencida impaga, la cual deberá abonar o convenir previo a la renovación.
Al momento de la suscripción del contrato, debe constituir garantía equivalente al precio de 1.000 m3 comerciales, según lo establecido en el Decreto tarifario vigente, el cual responderá ante los cargos variables, fijo, retiro de la conexión, cargos varios y daños generados durante el período de uso del servicio, quedando OSE facultada para descontar el importe adeudado previo a la devolución. No se exigirá depósito en garantía en los casos que se acredite documentalmente la realización de obras por mano de obra benévola o ayuda mutua.
Al finalizar las necesidades por las que solicitó el servicio, Ud. podrá:
Cuando exista red de saneamiento frente a la propiedad deberá solicitar la conexión a este servicio en forma conjunta.
Por consultas acerca de este servicio puede contactarse con nosotros a través de los diferentes canales:
Las conexiones mayores a 125 mm se presupuestarán en cada caso.