Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Es el trámite que permite ampararse al Decreto Departamental 4125/26 (facilidades para los deudores de precios y otros ingresos públicos), siempre que se verifiquen las condiciones mencionadas en el mismo.
Las medidas previstas en el presente Decreto Departamental tendrán vigencia hasta el 31 de
marzo de 2027.
Documento Nacional de Identidad
Aportar datos.
Atención:
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.