Última actualización: 10/05/2024
Agencia Nacional de Vivienda

Amortización extraordinaria

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es una entrega a cuenta del crédito por un monto mayor o igual al 10% del saldo adeudado. Una vez realizada la amortización extraordinaria, se reliquidará el crédito, pudiendo el cliente optar por la reducción del plazo, de la cuota o de ambos.

Requisitos

  • El titular deberá presentarse con su cédula de identidad vigente.
    • A la hora de efectivizar la entrega, deberá tener en cuenta los requisitos para pagos mayores a US$ 10.000 (ver requisitos).
    • Los pagos que superen las UI 40.000 no podrán realizarse en efectivo, según lo dispuesto en los artículos 35 y 36 de la ley de inclusión financiera, Nº 19.210.

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    En persona

    1. El titular deberá presentarse con su Cédula de identidad vigente en la oficina de su preferencia.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo

    • Sector Cuotas
    • Dirección: Cerrito 400, planta baja.
    • Horario de atención: lunes a viernes de 13:00 a 17:00 horas.
    • Teléfono: 17217.

    En el interior

    • En cualquiera de nuestras dependencias en sus horarios de atención.

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