Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Dicha solicitud es la requerida para iniciar el proceso de habilitación de un establecimiento nuevo o para la reforma y/o ampliación de un establecimiento ya habilitado ante la División Industrial Animal. Dicho anteproyecto es estudiado por el INAC en lo que refiere a los aspectos técnicos de ingeniería industrial, civil, de construcción y de procesos y luego por la Sección Habilitaciones de la División Industrial Animal (DIA) en lo que refiere a los aspectos higiénico-sanitarios.
ATENCIÓN: La entrega de las 4 carpetas físicas que acompañan este trámite, sólo debe realizarse en el Centro de Atención Ministerial de Sede Central (Constituyente 1476, Planta Baja).
Duración/entrega: el anteproyecto pasa al Instituto Nacional de Carnes para su estudio y aprobación previa y preceptiva en los aspectos de su competencia. Luego vuelve a la División de Industria Animal (DIA) y pasa a la Sección Habilitaciones para su estudio. Pueden surgir intercambios (solicitud de información complementaria u observaciones y sus respuestas) entre el interesado y el Instituto Nacional de Carnes y/o la Sección Habilitaciones. No es posible prever una duración determinada del trámite.
Vigencia de la aprobación: se fija en la propia resolución de aprobación del anteproyecto emitida por la División de Industria Animal (DIA).
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