Última actualización: 08/10/2025
MALDONADO - Intendencia

Area Parquizada - Exoneración tributaria Decretos Nº 3413/1980, Nº 4036/2021 y Nº 4080/2023- Maldonado

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite que permite ampararse al Decreto Departamental Nº 3413/1980, Decreto Nº 4080/2023 Art.11º, y Decreto Nº 4036/2021 Art. 68° y 69°- Exoneración del pago del Impuesto a los Terrenos Baldíos, a las áreas parquizadas y forestadas ubicadas en las zonas balnearias del Departamento; siempre que se verifiquen las condiciones mencionadas en el mismo.

Requisitos

  • Documento de Identidad.

  • Certificado Notarial.

Otros datos de interés

  • Las solicitudes de exoneración deberán formularse antes del 31º enero del ejercicio por el que se gestiona la exoneración.
  • Importante: Puede facilitar fotografías del padrón a exonerar para agilizar los tiempos de respuesta de la Administración.
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Costos

  • Tasa administrativa $377 (Resolución Nº 11376/2024).
  • Tasa de servicio.

Vías disponibles para realizar el trámite

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