Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el asesoramiento y asistencia que se brinda al trabajador que ha sufrido un accidente de trabajo o padece una enfermedad profesional cuando el Banco de Seguros del Estado rechaza la denuncia de accidente efectuada por el empleador o por el trabajador.
En este caso, la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social (IGTSS) debe remitir los antecedentes al Juzgado que corresponda.
El Asesor Letrado de la IGTSS en Montevideo y los Fiscales Letrados Departamentales en el interior del país pueden solicitar al Banco de Seguros del Estado los antecedentes que juzguen necesarios. (Ley 16074)
No se pueden efectuar consultas sobre este trámite por correo electrónico.
Duración: La atención es inmediata
Información relevante: En los casos de existir discrepancias con el BSE por aspectos médicos, la IGTSS, en los casos que estime pertinentes, puede requerir el dictamen de una Junta Médica a efectuarse por el Departamento de Certificaciones Médicas de ASSE.
La IGTSS solicitará por expediente la realización de la Junta Médica a dicho Organismo, el que posteriormente citará al trabajador fijándole día y hora para la realización de examen médico pertinente.
El resultado de la Junta Médica será luego remitido a la IGTSS, la que según las resultancias del mismo determinará las acciones a seguir, comunicándose con el trabajador a efectos de poner las mismas en su conocimiento.
No tiene costo