Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la etapa correspondiente a:
a) La manifestación del propietario mediante Declaración Jurada, por la cual asume la responsabilidad por el mantenimiento de las medidas de protección contra incendios y demás disposiciones, durante toda la vigencia de la autorización y en las condiciones que fueran establecidas en el proyecto.
b) La manifestación del o los técnicos registrados intervinientes, mediante declaración jurada, por la cual asumen la responsabilidad de que las medidas de protección contra incendio definidas en el proyecto se encuentran instaladas / implementadas.
c) La manifestación del responsable de la instalación y/o la puesta en funcionamiento de cada una de las medidas de protección contra incendio, mediante declaración jurada, por la cual asumen la responsabilidad de que las mismas se encuentran instaladas / implementadas y/o funcionando, de acuerdo con las condiciones aprobadas en el proyecto.
Registro de técnicos ante la dirección nacional de bomberos.
Documentación General
La Certificación debe estar compuesta por los siguientes documentos, cuyos archivos serán nombrados acorde a su contenido:
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser: