Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Es el trámite que puede realizar el policía en situación de retiro o pensionista policial, para la obtención de su carné identificatorio.
Foto Carné.
Denuncia policial.
Carné identificatorio de retirados o pensionistas policiales, expedido por la Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial.
El carné que acredita la calidad de retirado policial se entregará únicamente a quienes accedan a la pasividad siendo funcionarios policiales al momento del cese de actividad.
No podrá otorgarse a quienes accedan a la pasividad por acumulación de servicios cuando su última actividad laboral haya estado amparada por un organismo previsional distinto de la Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial.
Tampoco se entregará a quienes hayan sido destituidos como consecuencia de una sanción disciplinaria, aun cuando accedan a una pasividad policial y hubieran sido funcionarios policiales al momento del cese de actividad.
No tiene costo
En el Interior del país: