Última actualización: 26/04/2024
Ministerio de Educación y Cultura - Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación

Certificación de padrones

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es la certificación expedida a solicitud de parte interesada de la condición de los padrones que forman parte del patrimonio cultural de la Nación.

Requisitos

  • Nota solicitando la certificación, firmada por el interesado, con la siguiente información:
    • Número de padrón. (Excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente).
    • Ubicación (Departamento, Localidad Catastral, Sección Catastral, sección Judicial).
    • Calle y número de puerta. (Excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente).
    • Nombre del propietario y Cédula de Identidad. (Excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente).
    • Teléfono y domicilio de contacto.

Otros datos de interés

  • Duración, entrega: Aproximadamente 2 días hábiles.

Costos

  • Cada solicitud comprende información hasta 3 padrones.

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