Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es el trámite por el cual, se extiende un certificado que comprueba la categoría migratoria en el país de personas extranjeras y certifica los movimientos migratorios (entradas y salidas del país) de las mismas, o de los nacionales que así lo requieran.
La expedición del Certificado Migratorio esta sujeto a la autorización de la Dirección Nacional de Migración.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
NOTA: Los certificados a los siguientes organismos solicitados en formato digital, deben ir dirigidos a los siguientes correos electrónicos:
En Montevideo:
En el Interior: