Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria, la clausura de todas las actividades u obligaciones previstas en las disposiciones legales, de los contribuyentes constituidos bajo la forma de fideicomisos.
Solicitud de clausura en DGI
Formulario 0355 - Cancelación / Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales - DGI
Presentación de Contrato.
Certificación Notarial.
El contrato de cancelación o extinción puede ser sustituido por Certificación Notarial certificando:
Documento de Identidad.
Baja de Padrones Rurales
Pago de multa de DGI
Contravención por omisión de deberes formales, inscripción, modificación y clausura
Plazo:
Constancia del trámite:
Usuario BPS.
Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
Domicilio Electrónico.
Agenda previa.
Para los fideicomisos en general (excepto trámites exclusivos DGI):
Para los fideicomisos registrados exclusivamente en DGI:
Para los fideicomisos en general (excepto trámites exclusivos DGI):
El titular, representante o administrador con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, lo gestiona a través de la web de BPS:
Para los fideicomisos registrados exclusivamente en DGI:
Desde la web de DGI:
En Montevideo:
En interior:
Para los fideicomisos en general (excepto trámites exclusivos DGI):
En Montevideo:
Para los fideicomisos registrados exclusivamente en DGI:
En Montevideo: