Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23La Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP) tiene dentro de sus cometidos los de asesorar y orientar a los particulares, así como también a los sujetos obligados en materia de Acceso a la Información Pública.
A través de este trámite las personas y los organismos pueden realizar consultas a la Unidad.
A su vez si un organismo reserva información ante una solicitud de acceso, en el marco de los dispuesto por el artículo 9 de la Ley, deberá enviar dicha resolución a través de este trámite a consulta de la Unidad.
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