Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23A través del presente, las empresas deberán comparar para su cuenta corriente los timbres profesionales requeridos en los trámites ante la Dirección General de Fiscalización de Empresas (DI.GE.F.E.).
Registro de Empresas y Representantes ante el Ministerio del Interior.
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Pago de trámite