Última actualización: 24/09/2024
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección General de la Granja

Declaración Jurada de Apicultor en el Registro Nacional de Apicultores

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Todo apicultor está obligado a realizar la Declaración Jurada de stock y ubicación de colmenas una vez al año en el Sistema Nacional de Trazabilidad de los Productos Apícolas (SINATPA): es para las personas físicas o jurídicas que estén vinculadas a la producción primaria de alguno de los productos de la cadena apícola.

Requisitos

  • Las identidades digitales deben ser nivel intermedio o superior.

Otros datos de interés

Por consultas:

  • Dirección General de la Granja.
  • Av. Eugenio Garzón 456 esq. Dr. Carlos María de Pena - Montevideo.
  • Horario: de lunes a viernes de 9:30 a 16 hrs horas.
  • Tel: 23064280 Ints: 160107, 160111 o 160121.

Para recuperación de la clave deberá dirigirse a la página donde solicitó su Identidad Digital

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Costos

  • Timbre Profesional (se abona electrónicamente en el momento de realizar la Declaración Jurada).

NOTA: De acuerdo a la Ley Nº 19535 del 25 de setiembre de 2017, Art. 93, los apicultores quedan exonerados del pago de timbre , a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, por concepto de Declaración Jurada.

Vías disponibles para realizar el trámite

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