Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la declaración de existencias de las empresas tenedoras de madereras provenientes del bosque nativo, de acuerdo al Decreto Nº 330/993.
Se hacen 3 Declaraciones Juradas en el año (cada 4 meses):
Luego de vencido el período, tiene 10 días hábiles para su presentación (del 1º al 15).
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