Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual las empresas de seguridad privada habilitadas ante la Dirección General de Fiscalización de Empresas (DI.GE.F.E.) declaran y mantienen actualizada la información en el Sistema Integrado de Seguridad Privada, relativa a los servicios de seguridad que brindan a terceros, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 19.721 y el Decreto Nº 35/022.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
Registro de Empresas y Representantes ante el Ministerio del Interior.
Certificado DGI.
Certificado BPS.
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Tipo de trámite:
Tipo de servicio que se brinda:
Téngase en cuenta lo dispuesto en el capítulo II) EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA. Artículo 27 de la Ley 19.721, literal B) numeral 2, entre otros: "Mantener informada a la autoridad fiscalizadora mediante el envío de comunicaciones en que conste: La individualización de los servicios a prestar, con una antelación de cuarenta y ocho horas..."
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