Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23En cumplimiento del Decreto 353/023 de fecha 9 de noviembre de 2023 se le informa, que URSEC no solicita ningún requisito que se encuentre disponible en la Plataforma de Interoperabilidad (PDI); solicitándose los mismos a la administración correspondiente.
Es el trámite que pueden realizar los titulares o usuarios de servicios de telefonía, que hayan solicitado a su proveedor -ANTEL, CLARO o MOVISTAR- ser incluidos en el Registro Nacional “No llame”, para denunciar que han sido contactados sin su consentimiento o en días y horarios no razonables.
Nota:
Tener en cuenta que desde que solicitas a tu proveedor ser incluido en el registro, él tiene hasta 5 días hábiles para remitirlo a la URSEC, por lo cual podrías no estar incluido en el registro desde el primer día.
Que el horario que pueden contactarte es de lunes a viernes de 09:00 a 21:00 o sábados de 09:00 a 19:00 horas, salvo que otorgaras consentimiento expreso
Podrá consultar en el Portal de URSEC, si su número se encuentra en el Registro.
El número de teléfono debe estar incluido en el Registro Nacional No llame o haberlo solicitado a su proveedor.
Datos necesarios a aportar por el titular
Consultas sobre como realizar el trámite:
Otras consultas: