Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual el titular de una empresa unipersonal por su jubilación e inactividad, cumple con la obligación formal de inscribir un administrador ante la Administración Tributaria.
Formularios
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación adicional a presentar:
A los efectos de acreditar la desvinculación de actividad personal remunerada del titular de la unipersonal, deberá presentar:
Aclaraciones:
Plazo:
Constancia del Trámite:
2 Timbres profesionales $ 250. Valor vigente del 01 de Julio 2024 al 31 diciembre 2024.-
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
El trámite se ingresa en línea desde la web de BPS.
El titular, representante o administrador debe ingresar con usuario autenticad de BPS asociado al contribuyente que realiza la gestión.
Aclaraciones:
En Montevideo
En interior
Si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente:
Debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
Aclaración: una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.
Para contribuyentes con domicilio constituido en Montevideo:
En Montevideo