Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Consiste en obtener un duplicado del documento de identificación del vehículo (libreta) cuando se ha extraviado o resultó hurtado.
Requisitos generales:
Cuando el titular del vehículo es una empresa deberá presentar una de estas opciones:
En caso de actuar por carta poder, la misma deberá estar certificada por Escribano Público con vigencia no mayor a 180 días.En caso de que el vehículo esté a nombre de una institución bancaria (por contrato de leasing) el usuario podrá solicitarlo presentando la documentación que le acredite como tal.
En los casos de hurto o siniestros naturales (incendio o inundación) podrá exonerar el costo del trámite. Para ello, deberá constar expresamente tal extremo en el comprobante del siniestro o de la denuncia del ilícito realizada en la comisaría correspondiente.
Dirección de Tránsito, Sección Automotores.
Municipios y Juntas Locales del Departamento de Paysandú.
Consultar horarios con la oficina correspondiente: