Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la evaluación del informe final de un estudio de equivalencia biofarmacéutica in vitro. Se aplica para los trámites de solicitud de registro y autorización de venta, renovación o modificación a datos de registro de especialidades farmacéuticas para las cuales corresponda aplicar bioexención según los Decretos 12/007, 369/010, 87/016, 141/018 y Ordenanzas 270/013, 672/016 y 35/017.
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