Última actualización: 25/07/2025
Ministerio de Industria, Energía y Minería - Dirección Nacional de Industrias

Exoneración de IVA e IMESI en la compra de bienes de capital de una empresa

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es una constancia que habilita a tramitar ante la Dirección General Impositiva (DGI) el certificado que autoriza la exoneración de IVA e IMESI en la importación de bienes muebles, o la devolución de IVA en caso de compra en plaza.

Dichos bienes deben encontrarse alcanzados por las definiciones de los literales a), b) o e) del artículo 3° del Decreto N° 59/998 (en la redacción dada por el Decreto N° 11/020) y estar destinados directamente al ciclo productivo (máquinas e instalaciones industriales) o a la mitigación de los impactos ambientales negativos del mismo.

Requisitos

  • Registro Cliente Dirección Nacional de Industrias.

  • Factura.

    • Factura comercial (o proforma) y factura de flete (si aplica) del bien de capital que se importa o adquiere en plaza.
  • Presentación de Catálogo o Dossier.

    • Folleto o catálogo técnico de bien adquirido.
  • Permiso de Explotación Minera - DINAMIGE.

    • En el caso de empresas con actividad extractiva (sección B de la CIIU Rev. 4)
  • Casos particulares:

    • En el caso de empresas dedicadas a la construcción (sección F de la CIIU Rev. 4): recibo de pago al BPS que acredite el tipo de aportación a la Construcción.
    • En el caso de bienes alcanzados por el literal e) del artículo 3° del Decreto: documentación que evidencie la relación del equipo con las emisiones provenientes de la actividad de la empresa (no obligatorio).

Otros datos de interés

  • La empresa debe estar registrada ante la DGI con el giro (actividad principal o secundaria) correspondiente. Este dato se verifica en forma automática y, de no ser consistente, no se podrá proceder con la solicitud.
  • La actividad de la empresa debe identificarse según la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU Rev. 4).

 

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