Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23La reglamentación vigente establece el registro y la habilitación sanitaria obligatoria, de las plantas de incubación, establecimientos avícolas de reproducción, de producción de aves de engorde y de producción de huevos, de todas las especies aviarias, explotadas con fines comerciales.
Se obtiene así un número de registro único para cada granja, con el mismo se realizarán todos los trámites necesarios correspondientes.
Vigencia: Se debe presentar anualmente la refrendación sanitaria a fin de verificar el mantenimiento de los requisitos de bioseguridad.
Montevideo:
Interior: Zonales .