Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que deben efectuar todos los establecimiento que pretendan funcionar como farmacias de 4º o 6° categoría.
El presente trámite es tanto para la habilitación por primera vez como la renovación de la habilitación de dicho establecimiento.
Certificación Notarial.
Declaración Jurada.
Titulo que acredite formación.
Certificado de Idóneo en Farmacia.
Presentación de Planos.
Memoria Descriptiva.
Certificación de medidas de protección contra incendios - Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos.
Planilla de Control de Trabajo - MTSS.
Carné de salud vigente.
Recibo de pago - Tesorería MSP.
FO11012001 - Formulario para Citaciones y Notificaciones Electrónicas.
Trámite Arancelado, consultar en Tesorería del MSP (tesoreria@msp.gub.uy)
Documentación general: