Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite obligatorio que debe realizar todo local (ámbito físico) que se dedican al tallado de cristales para Casas de Ópticas.
Los aranceles se abonan en moneda nacional y se calcula en base a los metros cuadrados a habilitar y a la cantidad de Recursos Humanos en la habilitación de Casas de Ópticas y Talleres.
Se puede abonar en el Ministerio de Salud Pública - Tesorería o en las Direcciones Departamentales de Salud del interior
Para consultar dicho monto se puede contactar al correo de Tesorería: tesoreria@msp.gub.uy
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
En Montevideo:
En el Interior:
Presentar la documentación detallada en los requisitos