Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la presentación, validación e ingreso de certificado contable, este caso es exclusivamente para Empresas profesionales de carga.
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
En el Organismo: Quedará sujeto a la evaluación por parte del funcionario actuante el cual luego de la verificación del documento adjuntado, enviará al usuario un mail de acuerdo al resultado de dicho estudio, en caso de no ser lo solicitado o de constatarse errores, tendrá la posibilidad de adjuntar un nuevo documento con las correcciones necesarias. En caso de estar correcto, tendrá que presentar el original en la oficina seleccionada para su ingreso. En el único caso que no se le exigirá al usuario presentar el original es cuando el contador interviniente cuente con firma electrónica.
En Montevideo:
En el interior del país: