Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es el trámite obligatorio que debe hacer toda empresda farmacéutica para el ingreso de renovación de registro de una especialidad farmacéutica.
Por más información ver el IN-13221-002 " Instructivo para Ingreso de Solicitud de Registro de Especialidad Farmacéutica" en la sección Adjuntos.
El trámite se inicia por medio de una agenda vía correo electrónico y luego continua en forma presencial.
1- El laboratorio solicitante debe agendarse previamente vía correo electrónico al mail: administracionmedicamentos@msp.gub.uy
Por más infomación ver el IN-13221-052 "Instructivo para la Solicitud de agenda para cita en administración del Departamento de Medicamentos" en la sección Adjuntos.
18 de julio 1892 Planta Baja oficina 006