Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el proceso mediante el cual una empresa extranjera que realizará una actividad accidental en Uruguay, cumple con la obligación formal de inscribirse en la Administración Tributaria, previo al inicio de la actividad económica
Formulario 0351 - Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
Formulario 0352 - Formulario 0352. Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas.
Formulario 0353 - Formulario 0353. Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas.
Documentación a presentar:
Aclaración:
En el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.
En caso de corresponder inscripción en BPS, las empresas deben informar el consejo de salarios correspondiente a su actividad, para su incorporación a la planilla de trabajo unificada. Esta información es necesaria para declarar el ingreso de trabajadores dependientes.
Plazo:
Constancia del trámite:
Un timbre profesional $ 250 (Valor vigente del 01 de Julio 2024 al 31 diciembre 2024)
En caso de corresponder inscripción en BPS, dos timbres profesionales valor $ 250 (Valor vigente del 01 de Julio 2024 al 31 diciembre 2024)
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Aclaraciones:
Los titulares de empresas unipersonales y los socios de sociedades de hecho, así como los representantes de estas empresas, de sociedades anónimas o de sociedades de responsabilidad limitada que no tienen restricciones en su forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. . De requerir información adicional: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
Únicamente para contribuyentes con domicilio constituido en Montevideo:
Documentación a presentar:
Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).
En caso de no corresponder inscripción en BPS:
Se inicia el trámite adjuntando documentación desde la web de DGI a través de servicios en línea
En caso de corresponder inscripción en BPS:
En Montevideo – Trámite no habilitado para realizarlo por web.
En Interior:
Adjuntando documentación desde la web de DGI a través de servicios en línea
Únicamente para contribuyentes con domicilio constituido en Montevideo:
En Montevideo
En caso de no requerir inscripción de BPS:
En caso de requerir inscripción en BPS: