Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual una empresa extranjera con establecimiento permanente cumple con la obligación formal de inscribirse en la Administración Tributaria, previo al inicio de la actividad económica.
Formularios:
Formulario 0351 Inscripción y actualización, con un timbre profesional.
Formulario 0352 Personas físicas vinculadas y/o formulario 0353 Personas jurídicas vinculadas según corresponda.
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación adicional a presentar:
Certificación notarial estableciendo:
Firma de todos los representantes.
Datos de los representantes de la sociedad:
Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
Documento de identidad.
Estado civil.
Nacionalidad.
Capacidad legal.
Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
Que son los únicos representantes
Personería jurídica y domicilio.
Domicilio fiscal, especificando entre que calles se ubica. Este domicilio corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad.
Que es un establecimiento permanente.
Fecha de inicio de actividad
Aclaraciones:
Se debe designar un representante residente en el país.
En el formulario se debe indicar el domicilio fiscal e identificar calle y número de puerta. En caso de no contar con número de puerta, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.
Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.
Los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional consultar instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
Formulario 6361 - Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Un timbre profesional $ 250 (Valor vigente del 01 de Julio 2024 al 31 diciembre 2024).
No aplica para Montevideo
Desde el interior:
Ingresaqr en el botón "Iniciar trámite en línea" o a través de la web de DGI – Servicios en Línea
Acceder con su usuario o ID, y una vez logueado deberá seleccionar en Trámites – Solicitud de inicio.
Deberá completar los datos del formulario, y seleccionar el Trámite RUT DGI - BPS - Sub trámite: Inscripción Pluripersonales - Domicilio Constituido Interior , debiendo adjuntar la documentación correspondiente.
Una vez procesada la información se le asignará a través del mail consignado en el trámite, agenda presencial para su culminación; donde deberá concurrir con la documentación indicada en los requisitos específicos en persona.
En Montevideo:
Exclusivamente presencial, con previa agenda web
En el Registro de Contribuyentes y Empresas Sarandí 570 en planta baja. Deberá agendarse previamente desde el instructivo en web de BPS donde al final del mismo, deberá seleccionar: Departamento: Montevideo, Lugar: Asesoría Tributaria y Recaudación (ATYR), donde podrá visualizar las agendas disponibles.
En interior:
El trámite se inicia exclusivamente vía web, debiendo concurrir el día y hora asignados para finalizar la inscripción.