Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Es el trámite mediante el cual la empresa extranjera se inscribe a los efectos de vincularse a una sociedad uruguaya ya registrada, ante la Administración Tributaria, para su integración en la misma.
Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
Formulario 0352 - Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas - DGI
Formulario 0353 - Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas - DGI
Certificación Notarial.
Deberá certificarse:
Documento de Identidad.
Pago de multa de DGI
PLAZO:
CONSTANCIA DEL TRÁMITE:
Usuario BPS.
Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
Domicilio Electrónico.
Agenda previa.
Si se trata de la inscripción de una entidad a la que corresponde vincular la entidad extranjera
En Montevideo:
En interior:
Una vez procesada la información le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite, la agenda presencial para su culminación, debiendo concurrir con la documentación indicada en los requisitos.
Si se trata de una modificación de integrantes de la entidad a la que corresponde vincular la entidad extranjera:
Se tramita a través del Portal de servicios en línea de BPS:
Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.
En Montevideo:
En interior:
En Montevideo: