Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual una empresa extranjera que será propietaria de inmuebles exclusivamente, cumple con la obligación formal de inscribirse en la Administración Tributaria.
Formularios:
Documentación adicional a presentar:
Aclaración:
En el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.
Constancias del trámite:
Plazo:
Un Timbre profesional $ 250 del 01 de Julio 2024 al 31 diciembre 2024.-
Únicamente para contribuyentes con domicilio constituido en Montevideo.
Formularios:
Documentación a presentar:
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Adjuntando documentación desde la web de DGI a través de servicios en línea
En Montevideo