Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el Registro de Puestos de Venta de Combustibles Líquidos derivados del petróleo,con excepción del GLP, en el que se inscribirán aquellas instalaciones destinadas al almacenamiento y comercialización de combustibles derivados del petróleo con excepción del Gas Licuado de Petróleo (GLP).
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