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Última actualización: 31/05/2023
Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua

Alta y modificación de Regulados

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el registro de empresas que por su actividad están reguladas por la Ursea.

Al registrarse la empresa obtiene  el domicilio electrónico y declara que renuncia en forma irrevocable al derecho acordado por los artículos 26 “in fine” y 27 del Decreto Nº 276/013 de 3 de setiembre de 2013, aceptando desde este momento y para el futuro que las vistas y/o notificaciones se realicen por el sistema "e-Notificaciones" al domicilio electrónico, salvo que se le notifique o de vista en forma personal, antes de haberse procedido a la “e-Notificación”, por la comparecencia del titular o su representante debidamente acreditado, en oficinas de Ursea.

Requisitos

  • Generar en línea el Formulario de Alta y Modificación de Registro de Regulados. 
  • Documentación a anexar al formulario:  
    • Constitución de la empresa: Siempre se debe acreditar mediante certificado notarial todo lo relativo a ella incluyendo sus representantes legales actuales, según estatuto o contrato social.
    • Representantes de la empresa: Eventualmente, si quisiera acreditar otros representantes designados mediante poder o mandato, se deberá presentar testimonio notarial de la carta poder o del mandato. Estos documentos deben tener  vigencia  no mayor a 30 días o tener constancia de actualización con vigencia a dicho plazo.
    • En las Áreas de actividad Generadores de Vapor y Energía Solar Térmica se requiere de la designación de representante técnico, y lo acreditarán presentando testimonio notarial del título habilitante de los técnicos que corresponda.
    • Para el Área de Actividad de GLP, eventualmente las empresas podrán autorizar a la Distribuidora para que las represente ante Ursea, mediante nota que así lo establezca firmada por el titular dela empresa o su representante legal.
    • Empresas unipersonales: no necesitan acreditar constitución, deben en su lugar anexar copia cédula de identidad.
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Costos

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