Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Partidas Supletorias se rigen por el Decreto 61/2017 y se aplica para todo los extranjeros radicados en la República que prueben fehacientemente la imposibilidad de obtener su partida de nacimiento en el país de origen. Es un trámite residual, y generalmente se recurre a el, en caso de destrucción de las partidas de sus países por guerra, inundación, incendio, o alguna otra catástrofe, siempre y cuando el país de origen no lo pueda subsanar por algún medio legal.
Documento de Identidad.
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