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Permite ahorrar tiempo:
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se emite un certificado que comprueba la categoría migratoria en el país de personas extranjeras y certifica los movimientos migratorios (entradas y salidas del país) de las mismas, o de los nacionales que así lo requieran.
Para el solicitante:
Documento de Identidad vigente y en buen estado.
Para el apoderado (en caso de trámite por un tercero):
Requisitos adicionales para poderes notariales emitidos en el extranjero:
Poderes emitidos en el extranjero mediante Consulado:
En el caso de menores de edad:
Para consultas relacionadas con el estado de los trámites, recomendamos comunicarse con el Departamento de Certificaciones de la Dirección Nacional de Migración mediante los siguientes medios:
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
Luego de realizado el pago, debe ingresar a su Usuario gub.uy, Bandeja de entrada, identificar el trámite y hacer clic en “Siguiente” hasta “Finalizar”.
En Montevideo:
Oficina Central.
En el Interior:
Inspectorías de la Dirección Nacional de Migración:
Atención a la Ciudadanía