Última actualización: 13/05/2026
Dirección General Impositiva

Inscripción de una sociedad por acciones simplificada en formación (SAS) en Soporte Notarial Electrónico

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Incumplimiento del Decreto 353/23 - Recepción de denuncia

Es el trámite mediante el cual una Sociedad por Acciones Simplificadas ,SAS, cumple con la obligación de inscribirse en la Administración Tributaria, previo al inicio de la actividad económica.

Requisitos

  • Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales

    • En Rubro 2 – Datos de la entidad: indicar fecha y número de inscripción en DGR ó adjuntar copia de la constancia o talón de la misma.
    • Indicar el vínculo funcional (VF) según la integración establecida y la empresa por la que se aporte.
    • En Domicilio Fiscal especificar:
      • Calle, número de puerta y entre qué calles se ubica.
      • En caso de no contar con número de puerta se debe aportar el número de padrón.
      • En los casos de domicilios en ruta, debe indicar ruta, km y número de padrón.
    • En caso de inactividad de la sociedad, desde la fecha de constitución hasta la inscripción, debe declararse en Observaciones.
    • Debe contar con firma electrónica avanzada.

    Archivo asociado

  • Formulario 0352 - Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas - DGI

    • Si corresponde.
    • Indicar  el vínculo funcional (VF) según la integración establecida y la empresa por la que se aporte.
    • Debe contar con firma electrónica avanzada.

    Archivo asociado

  • Formulario 0353 - Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas - DGI

    • Si corresponde.
    • Debe contar con firma electrónica avanzada.

    Archivo asociado

  • Testimonio Notarial.

    En Soporte notarial electrónico.

    • De la primera copia del estatuto (otorgado en escritura pública o documento privado con firmas certificadas y protocolizado).
    • Si el representante o administrador es  Persona Jurídica: presentar además Certificado Notarial en Soporte Notarial Electrónico con:
      • Control de la denominación
      • Personería jurídica
      • Representación
      • Domicilio fiscal
      • Persona física a través de la cual actuará (artículo 82 de la Ley N°16.060), certificando:
        • Datos personales completos:
          • Nombre,
          • Documento de identidad,
          • Estado civil,
          • Nacionalidad y
          • Domicilio particular (quien deberá firmar electrónicamente el formulario de registro correspondiente). 
  • Certificado de Caja Profesional - CJPPU

    • Los profesionales informáticos deben presentar la constancia de actividad:
      • En aquellos casos que no sean cotizantes de aportes al BPS
      • Y cuando se cumplen las condiciones previstas en el artículo 139° del Decreto 150/007, de 26/04/2007, en la redacción dada por el artículo 4° del Decreto 258/007 de 23/07/2007.
  • Actividad Agropecuaria

  • Pago de multa de DGI

    • Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.

Otros datos de interés

PLAZO:

  • La inscripción se realiza dentro de los 30 días corridos posteriores a la fecha de la constitución (estatuto).
  • Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

CONSTANCIA DEL TRÁMITE:           

  • Formulario 6361 Confirmación de Datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
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Costos

  • 2 Timbre profesional $ 270 del 01 de Enero 2026 al 31 de diciembre 2026.
  • El timbre se debe pagar en línea desde la Web DGI al momento de su ingreso.

Vías disponibles para realizar el trámite

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